La Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México fue aprobada por unanimidad en la LXII Legislatura local y establece sanciones más severas contra actos de crueldad y maltrato animal.
La normativa contempla multas de entre 150 y 300 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale aproximadamente a montos de 17 mil 596 a 35 mil 193 pesos para quienes incurran en este tipo de conductas.
También prevé arresto de hasta 36 horas y multas adicionales para quienes mantengan a animales en condiciones inadecuadas de alojamiento, higiene o alimentación, que puedan provocarles sufrimiento, enfermedades o afectar su comportamiento natural.

El marco legal reconoce a los animales como seres sintientes y establece un catálogo de sanciones que incluye amonestaciones, trabajo comunitario, multas económicas y arrestos administrativos.
Además, prohíbe prácticas como utilizar animales en protestas o espectáculos que impliquen maltrato, emplearlos como instrumentos de entrenamiento para ataque, así como su entrega o venta con fines promocionales o como premios.

La ley también define como infracción cualquier acción u omisión que cause daño, sufrimiento o ponga en riesgo la vida y bienestar de los animales, incluyendo su sacrificio fuera de los métodos permitidos por las normas oficiales.
